Son muchas las personas que por descuido o por falta de liquidez tienen pendientes facturas telefónicas. Cuando eso sucede, lo primero que se nos viene a la cabeza es la pregunta de sí nos pueden llevar a juicio por no pagar la factura. Y para eso estamos aquí, vamos a dar respuesta a las preguntas más comunes para que puedas ver
¿Qué pasa si no pagas una factura de teléfono?
Como sucede con todos los suministros, en el momento en el cual dejamos de pagar la factura, el suministro comienza a correr peligro.
Eso quiere decir que en el momento en el cual la factura no sea abonada, la empresa de telefonía se pondrá en contacto contigo para avisarte. Y si no abonas el recibo, entonces te quedarás sin servicio.
Si la factura está ligada a una línea móvil, no podrás realizar llamadas ni navegar hasta que no satisfagas la deuda pendiente.
Si la factura está ligada a un paquete de productos, todos ellos dejarán de ofrecer servicio, es decir, fibra, móvil, fijo…
Actualmente en telefonía podemos distinguir dos tipos de suspensiones de servicio, las cuales son las siguientes:
- Suspensión temporal: se produce a partir del primer mes desde la fecha del impago.
- Suspensión definitiva: se produce tras pasar tres meses. En ese momento el servicio queda suspendido de manera automática en su totalidad. Eso significa que, para poder disfrutar del servicio, no solo hay que pagar las facturas pendientes, también hay que volverse a dar de alta.
Por otra parte, merece la pena destacar que cuando no se paga una factura, la misma normalmente se debe abonar más los intereses generados. Los recargos dependerán directamente de la compañía telefónica. Hay algunas más agresivas que otras, todo está escrito en el propio contrato firmado.
¿Pueden llevarte a juicio por una deuda de teléfono?

Se puede decir que sí, una factura impagada es una deuda y las deudas no suelen acabar bien. Es verdad que puedes pagar la deuda y evitar el juicio, pero si no quieres abonar el importe adeudado, sin lugar a dudas la compañía telefónica puede llevarte a juicio.
Pero antes de llevarte a juicio, las compañías lo que quieren es que el cliente quede satisfecho. Por ese motivo, el primer paso que dan siempre es llamar al cliente para informar de la deuda que tiene pendiente. Como en muchas ocasiones los cortes solo van vinculados a las llamadas salientes y al uso de internet, pueden recibir las llamadas sin problemas.
Si te muestras receptivo, la compañía no te llevará a juicio ni te incluirá en un listado de morosidad. Incluso puedes intentar negociar con ella para que te permita pagar la deuda en cómodos plazos si estás pasando por un bache económico. No todas las compañías ofrecen esa opción, pero no está de más solicitarla en la llamada telefónica.
Para abonar la deuda pendiente, lo normal es hacer el pago a través de tarjeta o realizando una transferencia a un número determinado. El pago con tarjeta es más rápido y permite volver a disfrutar del servicio con más rapidez.
Comentado lo anterior, debes saber que la compañía telefónica puede incluirte únicamente en un listado de morosidad o denunciarte si así lo desea. Para que te hagas a la idea, la empresa tiene derecho a denunciarte por cualquier importe, es decir, elimina la idea de tu cabeza de que por deudas pequeñas no te van a denunciar. Es verdad que no lo suelen hacer, pero en ocasiones la denuncia sí que se puede producir. Al fin y al cabo, les sale mejor olvidarse de los pequeños morosos qué hacer frente a los costes relacionados con la justicia.
¿Te pueden embargar por una deuda de teléfono?
Por una simple factura de móvil impagada que no supera los 10 euros está claro que no te van a embargar. Es verdad que pueden introducirte en el listado de morosidad, pero no te van a embargar.
El problema viene dado cuando la deuda comienza a hacerse grande. En ese caso, la empresa de telefonía sí que podría tener interés en cobrar la deuda, ya que no serías un pequeño moroso. En ese caso sí que te podrían denunciar y el juez seguro que le dará la razón a la compañía telefónica. La misma tiene derecho a cobrar y en caso de no poder pagar, te podrían embargar.
Lo que sí está claro es que el embargo se suele realizar cuando el importe de la deuda comienza a ser grande. Mientras sea pequeño, las empresas saben que no le sale a cuenta denunciar. Y como puedes imaginar, si no te denuncian, no te podrán embargar porque para hacerlo necesitan de la orden de un juez.
Por todo ello, podemos concluir que la empresa de telefonía sí que nos puede embargar, pero si el importe es pequeño, lo más seguro es que no lo haga. En cambio, si el importe de la deuda es grande, entonces sí que hay muchas posibilidades de que nos denuncien y en consecuencia tengamos que ir a juicio. En ese caso, si la deuda es inferior a los 6000 euros, el juicio sería verbal, es decir, sería un juicio rápido.
¿Las deudas telefónicas prescriben?

Es importante tener claro que las deudas de suministros y con las compañías telefónicas prescriben cuando pasan tres años.
Cuando pasan tres años, la compañía telefónica no podrá solicitarte el pago de la deuda, pero sí que lo podría hacer una empresa de recobros. Es una técnica que no suele usarse cuando las deudas son pequeñas, pero en ocasiones sí que puede suceder.
¿Cuándo prescribe una deuda telefónica en España?
Como hemos comentado en el apartado anterior, la deuda telefónica prescribe una vez que han pasado tres años. Hasta que no pasa ese tiempo, la compañía tiene derecho a solicitar el pago de la deuda a través de los métodos legales a su disposición.
Además, pasado el tiempo también existe la opción de que la deuda pase a una empresa de recobro de deudas. Es verdad que no suele ser lo más común porque no interesa revender esas deudas, pero puede darse el caso. Es importante tener en cuenta ese detalle para certificar que todo está bien.